Economía y Política

Siete claves para conocer más sobre el registro de accionistas

El registro será obligatorio para todas las sociedades anónimas activas o inactivas. En setiembre deberán inscribirse aquellas cuyas cédulas jurídicas terminen en 0 y 1

EscucharEscuchar
A partir de setiembre, las personas jurídicas están obligadas a registrar, ante el Banco Central de Costa Rica, a los accionistas o beneficiarios finales que tengan una participación mayor del 15%, sea en sociedades anónimas o en organizaciones no gubernamentales. Foto: Shutterstock para La Nación







Laura Ávila

Laura Ávila

Es periodista de Economía y Política de El Financiero

En beneficio de la transparencia y para evitar distorsiones del debate público por medios informáticos o aprovechando el anonimato, la sección de comentarios está reservada para nuestros suscriptores para comentar sobre el contenido de los artículos, no sobre los autores. El nombre completo y número de cédula del suscriptor aparecerá automáticamente con el comentario.