Ante la Sala Cuarta cualquier persona, sin importar la edad, situación migratoria, nacionalidad o condición legal puede plantear este recurso sin necesidad de asesoría, firma o autenticación de un abogado.
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Los magistrados consideraron, por mayoría, que imponer el uso del apellido del padre en Costa Rica como primero en orden es “anacrónico” y “patriarcal”, tras una consulta de una persona mayor de edad.
La Sala Constitucional confirió audiencia el Central, la Sugef, la Agencia de Protección de Datos y el Inec antes de pronunciarse sobre la validez o no de la solicitud de datos de deudores con número de identificación hecha por el ente emisor.