El 2016 cerró con una noticia que tomó desprevenido al mercado cambiario nacional: la llegada de una nueva regla sobre la posición en moneda extranjera (PME) de los intermediarios financieros.
El Banco Central (BCCR) pretende evitar que la suficiencia patrimonial de las entidades financieras que participan del Mercado de Monedas Extranjeras (Monex) se beneficie de variaciones en el tipo de cambio del dólar.
La suficiencia mide el nivel de patrimonio o capital necesario según el tamaño de los activos de cada entidad financiera.
El Central, entonces, definió que los intermediarios deben cumplir con una nueva igualdad. La posición propia autorizada de divisas respecto al patrimonio en dólares, deberá ser igual a la razón del activo en dólares como proporción del activo total.
Cada entidad deberá definir la estrategia para cumplir con la nueva disposición y esta pasará a revisión del Central.
¿Por qué este tema le preocupa al BCCR?
La PME es la diferencia entre los activos y pasivos en moneda extranjera, sumado a la posición neta en divisas por operaciones con derivados cambiarios.
Respecto al patrimonio, la PME de todo el sistema pasó de 18,2% en enero de 2015 a 24% en 2016 (al 16 de diciembre), pero el grueso pertenece a pocos. Seis bancos comerciales concentran más del 90% de esa cifra, a pesar de que existen 44 participantes.
Esos seis intermediarios presionaron al alza el tipo de cambio a finales de 2015 y el 2016, lo que llevó al BCCR a usar parte de sus reservas internacionales netas (RIN) para estabilizarlo.
“El Banco quiere que el tipo de cambio surja de presiones de oferta y demanda, y no del interés de alguien de querer aumentar su suficiencia patrimonial”, explicó Roger Madrigal, director de la División Económica del BCCR.
En ciertas circunstancias, incrementos en la PME permite a los intermediarios cambiarios mejorar la posición patrimonial, sin dar un aporte al capital.
Un intermediario acude a suplir de dólares el mercado cuando las ventanillas tienen una menor disponibilidad de divisas y acumula cuando las ventanillas son superavitarias.
Sin embargo, a finales de 2015, algunos acudían al mercado aún en épocas “secas”, motivados por incentivos propios, es decir, para mejorar su suficiencia.
Con una mejor suficiencia, las entidades pueden incrementar sus activos, entre ellos, el crédito.
En 2016, algunos bancos aumentaron su posición autorizada en divisas, presionaron el tipo de cambio al alza, y daban una señal de escasez cuando realmente no la había, explicó el economista Melvin Garita.
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Así, el BCCR intervenía en el mercado, pero el uso de RIN genera costos. “Reduce la capacidad de blindaje financiero que dispone el país para enfrentar eventuales choques externos que atenten contra la estabilidad macroeconómica”, afirmó el Central.
La receta del Central
Antes del anuncio de la nueva regla, las normas vigentes en el Reglamento para las Operaciones Cambiarias de Contado eran dos: al final de cada día hábil, la PME debía estar entre +-100% del patrimonio total en dólares y podía variar diariamente por operaciones cambiarias hasta +-4% del patrimonio total en dólares.
Según acordó el Central, para diciembre de 2018, la posición propia autorizada de divisas sobre patrimonio total en dólares de los intermediarios deberá ser igual al activo en dólares como proporción del activo total.
Con esta nueva relación, la posición debe ubicarse al final de cada día hábil en razones positivas no superiores al 100%, del patrimonio en dólares.
La variación diaria del +-4% quedó sin cambio.
Entre tanto, la medida es gradual y contempla dos etapas. Primero, los intermediarios tienen hasta el 31 de marzo de 2017 para enviar su propuesta de cómo irán estrechando la diferencia entre ambas razones, hasta igualarlas.
Como segunda etapa, la gerencia del Central debe aprobar ese plan y mientras no se haya aprobado, el intermediario debe mantener (como promedio mensual) la misma posición, respecto a patrimonio en dólares, que registró al 30 de noviembre de 2016.
Una vez que el Central apruebe la estrategia del intermediario, la diferencia entre ambas proporciones (la igualdad antes mencionada) podrá diferir en hasta un punto porcentual.
Una consecuencia importante al momento en que los intermediarios apliquen la nueva medida es que los obliga a vender o comprar divisas.
“Si había intermediarios que vendían más divisas de la cuenta y afectaban el tipo de cambio, eso había que tratarlo, y ellos lo están haciendo con el famoso promedio en la posición en moneda extranjera. Sin embargo, el Banco está obligando a todos los bancos a tener una misma posición, y eso implica que todos tengan el mismo riesgo”, comentó Garita.
El BCCR dispuso que la compra y venta de divisas mayores a $500.000 diarios, en atención a la estrategia, deberán ser negociados directamente con él, al tipo de cambio promedio del Monex.
La medida puede generar costos en reservas y en la base monetaria, en caso de que varios pretenden constituir posición al mismo tiempo, pero por eso se aplicó gradualmente.
Respecto a los impactos en la banca, la medida generó observaciones, según aclaró el BCCR.
“La medida es extraña, severa y de alta intervención. Esto obligará a los bancos, principalmente del Estado, a tener que salir a comprar dólares al Central, en una cifra superior a $700 millones en 24 meses, lo cual los obliga a captar colones incrementales, subir las tasas, tener menores resultados y menores posibilidades de crecimiento del crédito”, explicó Gerardo Corrales, exgerente del BAC San José.
El artículo 4 del Reglamento para las Operaciones Cambiarias de Contado dispone los siguientes aspectos:
1. Posición diaria | Los intermediarios cambiarios supervisados por Sugef o Sugeval, deberán tener al final de cada día hábil una posición propia autorizada en divisas que no sea superior al 100% del patrimonio total de la entidad expresado en dólares. |
2. Inicio de operaciones en mercado cambiario | Cuando la entidad vaya a iniciar operaciones en el mercado cambiario, la superintendencia respectiva calculará y verificará que la posición propia inicial cumpla con esa primera disposición y lo comunicará al Banco Central, para que autorice su participación en el mercado cambiario. |
3. Nueva regla | El promedio mensual de la posición propia autorizada en divisas, como proporción del patrimonio expresado en dólares, debe ser igual al promedio mensual del activo en moneda extranjera, como proporción del activo total expresado en dólares. Hay un margen de tolerancia de un punto porcentual. |
4. Variación en la posición | Por concepto de operaciones cambiarias, la posición propia autorizada se puede variar diariamente hasta +4% o -4% del valor de ese patrimonio. |
5. Papel de superintendencias | La información contable será entregada por cada entidad a la superintendencia, que deberá velar porque se cumplan estas disposiciones del Central. |